BOLIVIA
Bolivia es una democracia constitucional, multipartidista con una población de 9 millones. En diciembre de 2005, en un proceso en general libre e imparcial, los ciudadanos eligieron presidente a Evo Morales Ayma, líder del partido Movimiento al Socialismo (MAS). Las autoridades civiles en general mantuvieron un control efectivo de las fuerzas de seguridad.
El mandato para que la Asamblea Constituyente (AC) elegida en julio de 2006 reescribiera la constitución del país fue alargado del 6 de agosto hasta el 14 de diciembre. Una incapacidad para solventar un acuerdo entre el MAS y los partidos de oposición condujo a enfrentamientos severos y en ocasiones con un saldo de muertos entre sus respectivos adherentes. El 9 de diciembre, cuando la AC se volvió a reunir en Oruro, el MAS y representantes de fuerzas políticas aliadas aprobaron un nuevo proyecto de constitución. Algunos delegados de la oposición boicotearon la sesión, mientras otros denunciaron que se les impidió asistir a ella. El gobierno anunció que llevaría a cabo un referéndum para que los ciudadanos aprueben el proyecto de constitución en 2008.
Si bien el gobierno en general respetó los derechos humanos de sus ciudadanos, hubo problemas en algunas áreas. Los problemas de derechos humanos más importantes fueron los abusos por parte de las fuerzas de seguridad, incluyendo varias muertes, duras condiciones carcelarias, arresto y detención arbitraria, amenazas a las libertades civiles incluyendo el derecho a un juicio imparcial y público y a la libertad de prensa, corrupción y falta de transparencia en el gobierno, discriminación basada en género y pertenencia étnica, tráfico y trata de personas, trabajo infantil y condiciones brutales de trabajo en el sector minero.
RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS
Sección 1 Respeto a la Integridad de la Persona, Incluyendo el Estar Libre de:
a. Privación Arbitraria o Ilegal de la Vida
Ni el gobierno ni sus agentes cometieron ningún asesinato por razones políticas durante el año, pero las fuerzas de seguridad aparentemente dieron muerte a cinco personas en incidentes no relacionados entre ellos. Una persona fue muerta durante manifestaciones en Villamontes, Departamento de Tarija, otra en Arani, Departamento de Cochabamba y tres personas en Sucre, Departamento de Chuquisaca. Además, tres personas fueron muertas en enero durante manifestaciones violentas en Cochabamba (ver sección 2.b.).
El 17 de abril, en Villamontes, presuntamente fuerzas de seguridad dispararon a Herman Ruiz en el muslo y posteriormente murió a causa de su herida. Ruiz formaba parte de un grupo de manifestantes que intentaban tomar una planta de gas natural como parte de una protesta originada en una disputa por una frontera provincial. Tanto el gobierno central como el gobierno de la prefectura fallaron en resolver la disputa, que eventualmente llevó a los residentes de Villamontes a realizar la toma del campo de explotación de gas. Una investigación civil estaba en curso, aunque los militares también investigaron el caso, una acción que algunas organizaciones no gubernamentales (ONG) rechazaron considerándola contraproducente. Cambios en el fiscal asignado al caso demoraron la investigación civil.
El 28 de septiembre, fuerzas de seguridad presuntamente dieron muerte al estudiante de 21 años de edad Osmar Flores Torres en Arani. Flores estaba participando de una manifestación que las autoridades dijeron amenazaba con cerrar un ducto de gas natural. Fuerzas policiales y militares declararon que portaban armas no letales. No obstante, el informe oficial de balística indicó que armas de tipo militar dieron muerte a Flores y que varios soldados pudieron haber disparado durante el incidente. Autoridades militares y civiles llevaron a cabo investigaciones por separado. A pesar que funcionarios militares de alto rango aseguraron que no interferirían con la investigación civil, varias ONG expresaron su preocupación acerca de la investigación realizada por los militares. Los fiscales declararon que los militares no cooperaron con la investigación civil y que podían haber alterado las evidencias.
Del 23 al 25 de noviembre, presuntamente fuerzas policiales dieron muerte a Gonzalo Durán Carazani, Juan Carlos Serrado y José Luis Cardozo durante actos violentos en Sucre. Durán y Cardozo murieron a causa de heridas de bala, Serrudo por una granada de gas lacrimógeno disparada a bocajarro hacia su tórax. Varios cientos de residentes sufrieron heridas graves. Los enfrentamientos iniciales entre los efectivos policiales, quienes estaban protegiendo las instalaciones militares donde la directiva del MAS había trasladado a la AC y residentes de Sucre, quienes estaban protestando por la negativa del MAS a considerar su demanda para restaurar la categoría de capital plena a Sucre, se convirtieron en una confrontación abierta en toda la ciudad tras la muerte de Gonzalo Durán. Entonces, algunos residentes de la ciudad tomaron, saquearon y quemaron instalaciones policiales y atacaron a oficiales de policía. El 24 de noviembre, la policía anunció que uno de sus oficiales había sido linchado y asesinado, pero después el oficial apareció vivo en Potosí. Los policías abandonaron Sucre el 25 de noviembre por tres días argumentando que no podían proteger a su propio personal.
Una gran cantidad de factores obstaculizaron las investigaciones iniciales de los acontecimientos del 23 al 25 de noviembre, incluyendo la seria desconfianza entre los policías y la sociedad civil en Sucre. Aunque altos funcionarios gubernamentales negaron que los funcionarios policiales hubieran portado armas letales, filmaciones en video de los acontecimientos claramente mostraron que algunos oficiales estaban en posesión de armas letales. Informes de balística indicaron que Durán y Cardozo murieron a causa de heridas de bala de calibre 5.56, pero la policía y los militares negaron haber utilizado este tipo de armas durante los acontecimientos del 23 al 25 de noviembre.
No hubo avance en las investigaciones sobre la muerte por arma de fuego de Santiago Orocondo Arevillca ocurrida en junio de 2006 durante un enfrentamiento con fuerzas de seguridad o de la muerte del oficial de la naval Wilder René Blanco Mendoza ocurrida en julio de 2006. Ambos casos permanecían en investigación hasta finales del año.
Hubo pocos avances en el caso de septiembre de 2006 en que aproximadamente 200 productores de coca armados emboscaron a miembros de las fuerzas de seguridad en número de 50 a 60 que habían entrado al parque nacional Carrasco, dando como resultado la muerte de los productores de coca Ramber Guzman Zambrana y Celestino Ricaldis. Ni los productores de coca ni las fuerzas de seguridad presentaron cargos u otros reclamos. El caso permanecía en una etapa de investigación preliminar y por lo menos cinco distintos fiscales fueron asignados al distrito encargado de procesar el caso.
Las fuerzas armadas hallaron culpable y sentenciaron a Luis Fernando Pereira Ramos a ocho años de prisión por la muerte del conscripto militar Fredy Moisés Yanqui, ocurrida en 2005.
No hubo nuevos avances en los casos de 2005 concernientes al oficial de policía Santiago Calderón Romero, muerto durante un enfrentamiento en Santa Cruz o al de Gumersindo Mamani, Dámaso Condori y Dionisio Flores, muertos en los alrededores de El Alto, en Viacha, durante una disputa por propiedad de tierras entre dos comunidades.
La violencia ejercida por ciudadanos actuando como vigilantes y las muertes ocasionadas por linchamientos continuaron siendo un problema. La agencia de noticias del gobierno informó sobre 11 muertes por linchamiento sólo en la ciudad de El Alto. Con frecuencia las personas linchadas sólo cometieron crímenes menores o no cometieron ningún crimen, como Luis David Choque Quisbert y Moisés Cachi Tenorio, dos estudiantes confundidos por delincuentes, que fueron golpeados, torturados y linchados en los alrededores de Cochabamba. Las comunidades en áreas con poca o ninguna presencia del gobierno impusieron castigos que presuntamente incluyeron la pena capital para miembros que violaron las leyes o normas tradicionales (también conocidas como justicia comunitaria). La mayoría de los estudiosos y proponentes de la justicia comunitaria argumentaron que la pena de muerte no es una tradición reconocida en ninguno de los 36 grupos indígenas del país. No obstante, en lugares donde los linchamientos fueron comunes, una minoría de los residentes intentaron justificar la práctica afirmando que era parte de su tradición, mientras que la mayoría mencionaron la carencia de acceso a la justicia a través del sistema legal, que en efecto constituyó un problema. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en un informe del mes de junio señaló que sólo 180 de los 327 municipios tenía un juez, sólo 76 tenían un fiscal y sólo 11 tenían un defensor público.
Hubo poco progreso en el caso del linchamiento del alcalde de Ayo Ayo, Benjamín Altamirano, en 2004. Las cortes hallaron culpables y sentenciaron a cinco de las 25 personas acusadas en el caso, pero en febrero la defensa argumentó que la jueza a cargo del juicio de los otros acusados debería excusarse. Con respecto al caso impulsado por el gobierno contra el ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada y su gabinete por las aproximadamente 59 muertes y más de 400 personas heridas en los disturbios civiles de octubre de 2003, en febrero la Corte Suprema declaró al ex presidente y los ex ministros Carlos Sánchez Berzaín y Jorge Berindoague en rebeldía y emitió una orden de arresto. En septiembre los fiscales presentaron formalmente una solicitud de extradición ante la Corte Suprema, que permanecía pendiente hasta finales del año.
La demora del gobierno en completar investigaciones eficaces y en identificar y castigar a los responsables por las muertes de civiles o de efectivos de las fuerzas de seguridad dio por resultado una percepción de impunidad. La comisión de derechos humanos del Congreso, la oficina del Defensor del Pueblo, grupos ciudadanos y organizaciones no gubernamentales (ONG) continuaron presionando al gobierno para apresurar los procedimientos en una cantidad de casos que se encontraban bajo investigación o dentro del sistema judicial.
b. Desaparición
No hubo informes de desapariciones por motivos políticos.
c. Tortura y Otros Tratamientos o Castigos Crueles, Inhumanos o Denigrantes.
La ley prohíbe tales prácticas y no hubo informes de que funcionarios del gobierno las emplearan. Hubo varias denuncias de violencia ejercida por vigilantes que ocasionó abusos extrajudiciales contra las personas. Aunque no hubo informes específicos de golpizas y abusos por parte de miembros de las fuerzas de seguridad, el informe anual 2006 del Defensor del Pueblo señaló que de todas las instituciones gubernamentales, la policía era la entidad que más frecuentemente violaba los derechos humanos.
El Centro de Justicia y Derechos Humanos de Chimoré, que fue convertido en Centro Integrado de Justicia, recibió 15 quejas de ciudadanos de la región del Chapare sobre abusos por parte de efectivos de las fuerzas de seguridad durante el año. El centro investigó 12 de las quejas y estableció que nueve no constituían abusos de derechos humanos. Los casos no fueron presentados formalmente ante el Ministerio Público sino que fueron enviados para su tratamiento a la Oficina de Responsabilidad Profesional de la policía.
No hubo nuevos avances en el caso de la golpiza ocurrida en diciembre de 2005 de Alvaro Guzmán, por entonces Director de Derechos Humanos del Viceministerio de Justicia, por parte de los oficiales de la policía de La Paz René del Río Rosales, Mario Vaca y Edgar Choque.
Condiciones en las Prisiones y Centros de Detención
Las condiciones en las prisiones fueron muy duras. Hubo hacinamiento y malas condiciones de vida en las prisiones. Hacia el fin del año había aproximadamente 7.000 reclusos (6.000 hombres y 1.000 mujeres) en instalaciones diseñadas para recluir a 4.700 prisioneros. Las penitenciarías sobrepasadas en población carcelaria incluyeron: San Pedro en La Paz, sobrepasada en 500 por ciento, Mocovi, departamento del Beni, sobrepasada en 345 por ciento y la cárcel de mujeres en La Paz, sobrepasada en 300 por ciento. Con excepción del penal de máxima seguridad de Chochocoro, en El Alto, las autoridades gubernamentales controlaron eficazmente sólo el perímetro externo de seguridad de cada prisión. Dentro de los muros de las prisiones los reclusos usualmente mantuvieron el control y grupos criminales operaron desde sus celdas sin interferencia.
La violencia entre reclusos y en algunos casos la participación de funcionarios a cargo de las cárceles en actos de violencia contra los prisioneros fueron un problema. El 24 de diciembre, atacantes desconocidos mataron a Ronald Alcaraz en la prisión de El Abra en Cochabamba.
Tras los actos de violencia del 23 al 25 de noviembre en Sucre, cerca de 90 reclusos escaparon de la cárcel de San Roque. Muchos reclusos con sentencias cortas retornaron a la cárcel, pero hasta unos 30 con sentencias largas permanecían fugitivos hasta finales del año. Los residentes de Sucre argumentaron que los policías fueron cómplices en la fuga; la policía declaró que en efecto se ayudó a los prisioneros a abandonar San Roque porque los residentes de la ciudad habían prendido fuego a la prisión.
La corrupción representó un problema entre los guardias de bajo rango que perciben un salario bajo y entre los gobernadores de las prisiones. La cantidad de personas recluidas en centros de detención siguió constituyendo un problema debido a las huelgas judiciales y a un incremento generalizado del crimen.
Los reclusos no estuvieron separados por clasificación de crímenes o de condición. La capacidad económica de un recluso a menudo determinó el tamaño de su celda, sus privilegios de visitas, su elegibilidad para autorizaciones de salida por el día y la ubicación y duración de su encierro. Hubo informes en sentido de que los reclusos pagaron montos de dinero por celdas a los ocupantes previos o a reclusos que controlaban bloques de celdas. Aunque la ley permite que niños hasta los 6 años de edad vivan con un padre o madre en reclusión, niños de hasta 12 años vivieron con sus padres en las cárceles. Entre 1.400 y 1.500 niños y niñas vivieron con uno de sus padres en la cárcel, como una alternativa a que quedaran sin hogar. Según el gobierno municipal aproximadamente 300 niños y 100 mujeres vivían en la cárcel de San Pedro en La Paz como dependientes de reclusos varones.
La dieta estándar de las cárceles fue insuficiente y los reclusos que pudieron hacerlo complementaron la dieta estándar de la prisión comprando comida.
La ley dispone que los reclusos tengan acceso a asistencia médica, pero no hubo un servicio de atención de salud adecuado en las cárceles y fue difícil que los reclusos obtuvieran permiso para recibir tratamiento médico fuera de la cárcel. Varias ONG y reclusos denunciaron la existencia tuberculosis y VIH/SIDA en las cárceles. Sin embargo, los prisioneros con mayores recursos económicos pudieron obtener permisos de transferencia a prisiones más cómodas o incluso a instituciones privadas externas a la cárcel debido a razones “médicas”. Los reclusos que pudieron pagar tuvieron acceso a drogas y alcohol y algunas veces utilizaron niños para traficar drogas dentro de las cárceles.
Hubo prisiones separadas para mujeres, excepto en el caso de la cárcel de Morros Blancos en Tarija, donde hombres y mujeres compartieron las instalaciones. Las condiciones de las reclusas fueron similares a las de los hombres; sin embargo, el hacinamiento en la cárcel de mujeres de San Sebastián en Cochabamba fue peor que en la mayoría de las cárceles para hombres.
Más de 700 reos jóvenes sentenciados (de 16 a 21 años de edad) no fueron separados de los reclusos adultos en las cárceles y los reclusos adultos algunas veces los abusaron. Programas de rehabilitación para delincuentes juveniles u otro tipo de prisioneros fueron escasos o inexistentes. Los detenidos en espera de la realización de sus juicios fueron encarcelados juntamente con los reos sentenciados.
El gobierno permitió visitas a las prisiones por parte de observadores independientes de derechos humanos, jueces y representantes de los medios de comunicación y dichas visitas se efectuaron a lo largo del año.
d. Arresto o Detención Arbitraria
La ley prohíbe el arresto y la detención arbitraria y el gobierno generalmente respetó estas prohibiciones en la práctica.
Papel de la Policía y del Aparato de Seguridad
La Policía Nacional tiene la responsabilidad principal por la seguridad interna, pero las fuerzas militares pueden ser convocadas para prestar ayuda en situaciones críticas, que ocurrieron durante el año. La Policía Nacional puso en disciplina a sus oficiales cuando fue apropiado, emitiendo 1.779 sanciones administrativas durante el año. En general los fiscales se mostraron renuentes a enjuiciar a los oficiales de las fuerzas de seguridad por delitos presuntamente cometidos mientras estaban en el cumplimiento de su deber, en parte debido a que dependen de la Policía Técnica Judicial para investigar a sus propios oficiales.
Arresto y Detención
Los arrestos fueron realizados abiertamente, pero hubo informes creíbles de arrestos y detenciones arbitrarias.
La ley establece el requisito de una orden de arresto y la policía debe informar al fiscal sobre un arresto dentro de ocho horas. La ley requiere que un detenido sea remitido a un juez dentro de 24 horas, tiempo durante el cual el juez debe determinar si es apropiado continuar la detención previa al juicio o conceder la libertad bajo fianza y debe ordenar la liberación del detenido si el fiscal no presenta razones suficientes para el arresto. Informes fidedignos indicaron que en algunos casos los detenidos estuvieron privados de libertad por más de 24 horas sin una aprobación de la corte.
Más de 70 por ciento de los detenidos esperaban sus sentencias, pero las cortes proporcionaron libertad bajo fianza para algunos detenidos. Los jueces tienen la autoridad para ordenar la detención preventiva de un sospechoso cuando se considera que existe el riesgo de que huya. Si un imputado no es detenido, un juez puede ordenar restricciones importantes sobre su capacidad de movilizarse.
Los detenidos en general tuvieron un rápido acceso a sus familias y se les permitió tener acceso a abogados, pero aproximadamente 70 por ciento de ellos no pudieron pagar los costos de un abogado defensor y los defensores públicos de oficio estuvieron sobrecargados de trabajo
Durante el año el gobierno capacitó a 300 oficiales de policía en el tema de la protección de los derechos humanos y 850 oficiales recibieron capacitación tanto en derechos humanos como educación sobre procedimientos legales.
La falta de acceso a la justicia debido a detenciones prolongadas siguió representando un problema. Aunque la ley establece que la fase preparatoria no puede durar más de 18 meses y que la fase del juicio no puede sobrepasar los tres años, algunos sospechosos guardaron detención preventiva por más tiempo que el establecido por los límites legales. Si el proceso investigativo no es completado en 18 meses, el detenido puede solicitar su liberación a ser determinada por un juez; sin embargo, la corrupción judicial, una escasez de defensores públicos, los inadecuados mecanismos para realizar el seguimiento de los casos y los complejos procedimientos penales mantuvieron a algunas personas encarceladas por más de 18 meses antes de su juicio.
Niños de 11 a 16 años de edad pueden ser detenidos indefinidamente en centros infantiles si se conoce o sospecha que cometieron algún crimen, o para su protección, por orden de una trabajadora social. No hay revisión judicial de dichas órdenes
e. Negación de Juicio Público Imparcial
La ley dispone la existencia de un poder judicial independiente, pero el poder judicial fue blanco de acciones gubernamentales para debilitar su independencia; algunos miembros cometieron actos de corrupción y otros estuvieron sujetos a amenazas.
El 17 de mayo, el Tribunal Constitucional, que sirve como un cuerpo independiente separado del poder judicial y cuya única función es dirimir sobre asuntos constitucionales, emitió una declaración advirtiendo que "la democracia, el estado de derecho y la institucionalidad del país se encuentran en grave peligro", que hacía referencia al deseo expresado por el presidente Morales de enjuiciar a cuatro de los cinco magistrados del tribunal. Argumentando un desacuerdo con la decisión del tribunal de limitar los períodos de los funcionarios judiciales interinos nombrados por él, el presidente instó a los miembros de su partido, el MAS, en la cámara baja del Congreso a presentar cargos para su destitución. También hizo una serie de declaraciones públicas contra los magistrados, llamándolos corruptos y considerándolos fuera de la línea del programa gubernamental para el cambio. Una vez acusados por la cámara baja, los cuatro magistrados fueron suspendidos, dejando al tribunal sin el quórum de tres personas requerido para funcionar. El Senado controlado por la oposición finalmente falló a favor de los magistrados. Sin embargo, la Cámara de Diputados comenzó a considerar acusaciones adicionales para su enjuiciamiento y el 26 de octubre, argumentando la "permanente agresión" del gobierno contra la corte, dos magistrados renunciaron a la corte. El 13 de diciembre un tercer magistrado renunció, argumentando razones de salud, que nuevamente dejó a la corte sin el quórum necesario de tres personas. Por lo tanto, hacia el final del año no había ningún cuerpo que dirimiera casos constitucionales y solicitudes de personas individuales que denunciaban violaciones de sus derechos civiles por parte del gobierno.
Una encuesta interna de una red anticorrupción informó que más del 25 por ciento de los trámites judiciales en cortes de nivel bajo requirieron algún tipo de soborno.
El 27 de abril, exigiendo que el Tribunal Constitucional no revocara el decreto supremo del presidente nacionalizando la mina en el cerro Posokoni, mineros empleados estatales marcharon hacia el edificio de la corte y luego atacaron el lugar con dinamita. Dos oficiales de policía responsables por la seguridad del tribunal fueron heridos en los ataques. El delegado presidencial José Lambertin participó del grupo de manifestantes.
El sistema judicial tiene tres niveles de cortes: Juzgados, Cortes Superiores de Distrito y la Corte Suprema de Justicia. La Corte Suprema atiende apelaciones en general. El Tribunal Constitucional es una institución independiente y tiene jurisdicción original y de apelación sobre asuntos constitucionales.
La revisión de la Corte Superior está restringida a un análisis de la forma en que se ha aplicado la ley. La revisión por parte de la Corte Suprema está restringida a casos que involucren circunstancias excepcionales. Durante las revisiones realizadas por la Corte Superior y por la Corte Suprema, éstas tienen la facultad de confirmar, reducir, incrementar, o anular las sentencias o bien dar alternativas no contempladas por los juzgados de menor instancia.
Procedimientos de Juicio
Los imputados tienen derechos constitucionales a la presunción de inocencia, a un juicio rápido, a permanecer en silencio, a ser asistidos por un defensor, a confrontar a los testigos, a presentar pruebas a su favor, a un debido proceso legal, a apelar las decisiones judiciales y a confrontar las acusaciones judiciales con los fiscales gubernamentales antes que sea iniciado un proceso formal ante los tribunales. En la práctica, los derechos a tener un abogado y a un juicio rápido no fueron protegidos de manera sistemática, aunque el Código de Procedimiento Penal (CPP) hizo posible que las investigaciones fueran más eficientes, que los juicios orales fueran transparentes y los veredictos fidedignos. Hubo una significativa escasez de defensores públicos en áreas rurales; la CIDH informó que en sólo tres por ciento de los municipios había un defensor público.
La ley dispone un sistema de juicios orales transparentes en los juicios penales, establece el requisito de que ningún período de detención previa al juicio exceda los 18 meses sin acusaciones, dispone un período máximo de detención de 24 meses en casos en que una sentencia esté siendo apelada y ordena que la duración máxima de un proceso sea de tres años. La ley establece que el fiscal está a cargo de la fase de investigación de un caso y que debe dar a los sospechosos una oportunidad para confrontar las acusaciones antes que comience formalmente un juicio.
El fiscal instruye a la policía sobre qué declaraciones de testigos y evidencia se precisan para llevar adelante el proceso. Los fiscales de sustancias controladas dirigen la investigación en casos de narcotráfico. El fiscal procesa casos por delitos de acción privada (y con sentencias posibles menores a cuatro años de privación de libertad) ante un juez de instrucción y casos por delitos mayores (con sentencias posibles de más de cuatro años) ante tribunales de sentencia que constan de un panel de cinco miembros que incluye tres jueces ciudadanos y dos jueces colegiados.
La ley también reconoce formas tradicionales de resolución de conflictos (justicia comunitaria) de las comunidades indígenas, siempre que la resolución adoptada no entre en conflicto con los derechos y las disposiciones establecidas por la Constitución.
El sistema de justicia militar fue generalmente susceptible a la influencia de niveles jerárquicos y tendió a evitar que se dictaran fallos que hubieran afectado el honor de las Fuerzas Armadas; el caso de Fredy Moisés Yanqui (ver sección 1.a.) fue una excepción a esta tendencia. Cuando un militar es acusado por un delito cometido en ejercicio de sus funciones militares, el comandante de la unidad afectada designa a un oficial para llevar a cabo una investigación y preparar un informe. Los resultados son remitidos a un asesor jurídico, generalmente en nivel de división, quien recomienda se emita el fallo de inocencia o de culpabilidad. En casos de infracciones graves, el caso es remitido a un tribunal militar, excepto en casos en que personal militar debe ser juzgado en cortes civiles por violaciones de derechos humanos.
Prisioneros y Detenidos Políticos
No hubo informes acerca de la existencia de prisioneros o detenidos políticos.
Procedimientos y Reparaciones Judiciales Civiles
Hay un sistema judicial independiente e imparcial para materias civiles. La ley dispone reparaciones penales para violaciones de derechos humanos y a la conclusión de un juicio penal, el agraviado puede iniciar un juicio civil para exigir reparaciones. Administrativamente, el Defensor del Pueblo puede emitir resoluciones sobre casos específicos de derechos humanos, las cuales el gobierno puede hacer cumplir.
f. Interferencia arbitraria en la Privacidad, la Familia,
el Hogar o la Correspondencia
La ley prohíbe tales acciones y aunque el gobierno en general respetó esas prohibiciones, hubo acusaciones fidedignas de que las fuerzas de seguridad entraron sin autorización en domicilios privados en las regiones del Chapare y los Yungas. Los residentes en áreas donde se cultiva coca generalmente fueron renuentes a denunciar o iniciar procesos formales contra las fuerzas de seguridad. Quienes participaron en actividades de desarrollo alternativo también fueron renuentes a presentar denuncias formales contra cultivadores de coca radicales que los obligaron a cultivar coca o sufrir represalias. Productores de coca radicales atacaron y torturaron al agricultor de Yungas Anacleto Arana y a su esposa en diciembre de 2006, destruyendo su hogar y expulsándolo de su tierra. Los atacantes de Arana declararon que estaban ejerciendo “justicia comunitaria”, argumentando que Arana había violado las leyes de la comunidad al prender fuego a su tierra. Arana argumentó que los ataques tenían una motivación política. El Ministerio de Justicia emitió un informe reconociendo la validez del caso de Arana, pero se tomaron pocas acciones debido a las amenazas de radicales contra los fiscales y los investigadores de la policía que trabajaban en el caso.
Sección 2 Respeto a los Derechos Civiles, Incluyendo:
a. Libertad de Expresión y de Prensa
La ley dispone la libertad de expresión y de prensa. Aunque el gobierno generalmente respetó estos derechos en la práctica, criticó públicamente a la prensa.
La cantidad de medios de comunicación, incluyendo los medios impresos, televisión y radio fue grande y continuó una saludable difusión de diversos puntos de vista, muchos de los cuales expresaron su oposición al gobierno. Los periodistas estuvieron deficientemente capacitados y fue común que ellos combinaran noticias con opinión editorial. El nivel de la retórica contra la prensa por parte del gobierno y las expresiones de preocupación por la libertad de prensa de parte de los medios de comunicación y otros permanecieron en un nivel alto. El 20 de junio el presidente Morales emitió un decreto supremo para ampliar la tecnología de telecomunicaciones hacia áreas rurales con pocos servicios, pero que también restringe los mensajes de carácter partidista de cualquier tipo por parte de estaciones comunitarias no afiliadas con el gobierno. La ONG Reporteros sin Fronteras (RSF) envió al presidente una carta abierta criticando el decreto que declara “podemos sentirnos sorprendidos ante tal desigualdad en el tratamiento jurídico”.
Las críticas del gobierno a la prensa se incrementaron en frecuencia y tono tras la posesión del presidente Morales. El presidente continuó llamando a “ciertos medios de comunicación” su “principal enemigo” y en marzo la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) declaró que “es innegable que se ha instalado un clima de temor después de que el primer mandatario recurriera subrepticiamente a masas de simpatizantes para intimidar a periodistas y medios de comunicación, así como contra parlamentarios o constituyentes opositores”.
Las estaciones de radio y televisión estatales y privadas en general funcionaron libremente. Sin embargo, hubo informes de que periodistas que intentaban grabar o informar acontecimientos, especialmente los relacionados con los movimientos sociales, fueron amenazados o lesionados por individuos particulares o grupos no gubernamentales con una perspectiva crítica hacia su trabajo periodístico. Grupos progubernamentales generalmente atacaron a medios de comunicación privados y a sus reporteros, mientras que grupos antigubernamentales enfocaron sus ataques en los medios controlados por el gobierno.
El 8 de enero, policías y manifestantes progubernamentales hirieron a ocho periodistas de distintos medios de organizaciones en la ciudad de Cochabamba. El 10 de enero, un comunicado de prensa de RSF señaló: “Los sucesos de Cochabamba vienen a sumarse a la multiplicación de agresiones a la prensa boliviana, pública o privada, mientras el país se desliza en una crisis institucional desde el último trimestre de 2006.”
El 8 de septiembre, partidarios del gobierno departamental de Santa Cruz dirigido por fuerzas opositoras atacaron a Canal 7 (el principal canal de televisión de propiedad estatal). Periodistas de Canal 7 sufrieron hostigamiento verbal y físico también en varias otras ocasiones. El 18 y 19 de octubre, policías y soldados hirieron a seis periodistas durante el intento del gobierno de tomar el aeropuerto de Viru Viru en Santa Cruz.
Del 23 al 25 de noviembre, los enfrentamientos entre la policía y residentes de la ciudad de Sucre, quienes estaban protestando por la convocatoria del MAS a la Asamblea Constituyente en una instalación militar cerca de Sucre, se desbordaron dando por resultado ataques contra la prensa. Los policías atacaron a corresponsales de prensa locales e internacionales, mientras que los manifestantes atacaron una emisora de radio católica que creían estaba transmitiendo mensajes progubernamentales (y a favor del MAS).
Los críticos del gobierno reclamaron que la administración del presidente Morales utilizó su presupuesto para el pago de publicidad con el fin de controlar los medios de comunicación que emiten informes negativos sobre el gobierno. También afirmaron que el gobierno arbitrariamente realizó auditorías financieras a periodistas y propietarios de medios. El 7 de diciembre, la SIP emitió una declaración protestando por una auditoría tributaria de medios noticiosos anunciada por el gobierno indicando que la acción “podría interpretarse como una represalia para acallar las críticas periodísticas que se están vertiendo en estos días sobre la tensa situación política del país”.
La ley dispone que las personas halladas culpables de insultar, difamar o calumniar a funcionarios públicos por cumplir sus deberes pueden ser encarceladas por un tiempo que varía entre un mes a dos años. Los insultos dirigidos contra el Presidente, el Vicepresidente o un Ministro, incrementan la pena en una mitad adicional al tiempo de la misma. Los periodistas acusados de haber violado la Constitución o los derechos de los ciudadanos, son remitidos al Tribunal de Imprenta, un cuerpo independiente de 40 miembros autorizado para evaluar las prácticas periodísticas. Aunque casi no hubo casos presentados ante el Tribunal, en 2005 el Tribunal conoció el caso de una denuncia de difamación presentada por un candidato político contra una revista.
Libertad de Internet
No hubo restricciones gubernamentales al acceso a Internet o informes de que el gobierno monitoreaba la comunicación por correo electrónico o los foros de conversación en Internet. Individuos y grupos pudieron participar en la expresión pacífica de sus opiniones a través del Internet, incluyendo a través del correo electrónico.
Libertad Académica y de Acontecimientos Culturales
No hubo restricciones gubernamentales en contra de la libertad académica o actividades culturales. Los comentarios gubernamentales acerca de la estandarización del currículum en las escuelas privadas y religiosas continuaron siendo recibidos de manera muy crítica por parte del público. El gobierno prohibió la importación de libros, revistas y material pornográfico.
b. Libertad de Reunión y Asociación Pacífica
Libertad de Reunión
La ley dispone la libertad de realizar reuniones pacíficas y las autoridades generalmente respetaron este derecho en la práctica. Aunque la ley exige un permiso para la mayoría de las manifestaciones, las fuerzas de seguridad raramente aplicaron la ley y la mayoría de los manifestantes llevaron adelante sus protestas sin obtener permisos, bloqueando frecuentemente las principales avenidas y carreteras. Mientras la mayoría de las manifestaciones fueron pacíficas, en ocasiones los manifestantes portaron armas, incluyendo palos y machetes, armas de fuego y dinamita. Las fuerzas de seguridad (la policía y en ocasiones los militares) fueron llamados para dispersar grupos de manifestantes que portaban armas o que amenazaban instalaciones gubernamentales y privadas (principalmente gasoductos para transporte de gas natural).
Funcionarios de alto rango en ocasiones alentaron (o no desalentaron adecuadamente) a sus adherentes para comportarse violentamente. Durante de semana del 8 al 12 de enero, el gobierno central y el gobierno de la prefectura de Cochabamba no controlaron a sus adherentes. Individuos a favor del gobierno marcharon en la ciudad de Cochabamba pidiendo la salida del prefecto, airados por el llamado del prefecto en diciembre de 2006 a un nuevo referéndum sobre la autonomía departamental, que los votantes habían rechazado previamente ese año. La entonces ministra de gobierno presuntamente retiró a los policías que protegían la prefectura, lo que permitió a los simpatizantes progubernamentales atacar y quemar el edificio de la prefectura así como saquear negocios cercanos, detonando una semana de violencia. Tres personas murieron en los conflictos.
El 5 de octubre, el fiscal acusó a varios funcionarios de alto rango que jugaron un papel decisivo en ambos lados del conflicto. La ex ministra de gobierno Alicia Muñoz enfrentó cargos de negligencia y por negligencia en proporcionar ayuda de emergencia. La ministra de justicia Celima Torrico y los senadores del MAS Leonilda Zurita y Omar Fernández fueron acusados de sedición, de causar un incendio, de destruir la propiedad estatal y de otros cargos. El prefecto Manfred Reyes Villa enfrentó cargos de promover resoluciones contrarias a la constitución. El diputado de la oposición Arturo Murillo también enfrentó cargos de sedición. La mayoría de los acusados disfrutan de alguna forma de inmunidad de ser enjuiciados debido a los cargos que tienen y a finales del año el Congreso no había decidido si su inmunidad podía ser retirada.
Libertad de Asociación
La ley dispone la libertad de asociación y las autoridades respetaron en general este derecho en la práctica.
c. Libertad de Culto
La ley reconoce la libertad de culto y el gobierno en general respetó este derecho en la práctica. El catolicismo romano predomina y la Constitución lo reconoce como religión oficial. La Iglesia Católica Romana recibió el apoyo del gobierno (aproximadamente 300 sacerdotes recibieron pequeñas remuneraciones) y ejerció un grado limitado de influencia política a través de la Conferencia Episcopal. Desde 2006 el gobierno comenzó a impulsar un reavivamiento de las creencias y rituales indígenas y los funcionarios de gobierno asistieron a ceremonias religiosas católicas e indígenas en el curso de sus funciones oficiales. En ocasiones funcionarios de gobierno criticaron a la Iglesia Católica.
Las organizaciones religiosas no-católicas, incluyendo los grupos misioneros, deben inscribirse en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos y obtener una autorización para contar con una representación religiosa legal. Hubo 622 grupos religiosos reconocidos en el registro. El Ministerio no puede negar la inscripción a estos grupos basándose en los artículos de fe de una organización, pero el proceso legal puede llegar a ser lento y costoso, lo cual ocasiona que algunos grupos renuncien a inscribirse y que desempeñen sus actividades informalmente, sin obtener ciertos beneficios impositivos y arancelarios. La mayoría de los grupos religiosos inscritos se identifican como protestantes o evangélicos.
Discriminación y Abusos Sociales
No hubo informes de violencia, acoso o discriminación social contra miembros de grupos religiosos durante el año. Existe una pequeña comunidad judía y no hubo informes de actos de antisemitismo.
Para una descripción más detallada, véase el Informe sobre Libertad de Culto Internacional 2007.
d. Libertad de Movimiento dentro del País, Personas Desplazadas Internamente, Protección de Refugiados y Apátridas
La ley reconoce la libertad de movimiento dentro del país, el viaje al extranjero, la emigración y la repatriación y el gobierno generalmente respetó estos derechos en la práctica. Sin embargo, manifestantes bloquearon las carreteras principales varias veces en diferentes lugares a lo largo del país. Los bloqueos en La Paz, Chuquisaca y Cochabamba, por parte de grupos favorables y contrarios al gobierno causaron pérdidas económicas.
Aunque el gobierno no revocó ciudadanías por razones políticas o de otra índole, varios cientos de miles de ciudadanos carecieron de los documentos de identidad básicos, lo cual les impidió obtener documentos para realizar viajes internacionales y recibir otros servicios gubernamentales.
La ley prohíbe el exilio forzoso de ciudadanos y el gobierno no hizo uso de éste.
Protección de los Refugiados
La ley contempla el otorgamiento de la condición de asilado o refugiado según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967 y el gobierno ha establecido un sistema para proporcionar protección a los refugiados. Sin embargo, el informe de la CIDH de junio indicó tres problemas en el sistema para refugiados y asilados: ausencia del debido proceso legal, dificultades en la obtención de documentos legales e inadecuada protección contra la devolución (refoulement), es decir regresar a personas a un país donde existen razones para creer que temen sufrir persecución.
El 9 de enero, el gobierno deportó al ciudadano cubano Amauri Sanmartino a Colombia, argumentando que había violado un decreto supremo que estipula que los extranjeros no deben participar en actividades políticas. Originalmente el gobierno había ordenado que Sanmartino fuera deportado a Cuba, pero Sanmartino protestó debido a su temor a sufrir persecución en ese país. El 2 de febrero, el Tribunal Constitucional dictaminó que el gobierno no tenía base legal para deportar a Amauri Sanmartino, indicando que el decreto supremo que el gobierno utilizó para deportarlo había sido declarado inconstitucional en 2001.
El informe de la CIDH señaló una serie de irregularidades cometidas por la Comisión Nacional de Refugiados del gobierno, incluyendo miembros que no guardan consistencia con sus reglamentos, decisiones sumarias y problemas en la notificación de sus decisiones a personas solicitantes. El gobierno cooperó con la Pastoral de Movilidad Humana, que funciona como representante local de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y con otras organizaciones humanitarias para proporcionar asistencia a refugiados y solicitantes de asilo. Durante el año 157 personas solicitaron el estatus de refugiado y el gobierno proporcionó protección de refugiados a aproximadamente el 15 por ciento de esos casos.
Persistieron preocupaciones en sentido de que el sistema de refugiados se hubiera politizado. Perú solicitó la extradición del ciudadano peruano Wálter Chávez por cargos de terrorismo. Chávez, que recibió el estatus de refugiado en la década de los años 1990, renunció como asesor político del presidente Morales con anterioridad en el año. En apariencia la oposición y el gobierno intervinieron en el caso de Chávez según sus propias razones políticas. La Corte Suprema no había arribado a una decisión sobre la extradición hasta finales del año.
Sección 3 Respeto a los Derechos Políticos: El Derecho de los
Ciudadanos a Cambiar su Gobierno
La ley reconoce a los ciudadanos el derecho de cambiar a su gobierno pacíficamente, y los ciudadanos ejercieron este derecho en la práctica a través de elecciones periódicas, libres e imparciales llevadas a cabo según los principios del sufragio universal. Sin embargo, muchos ciudadanos en edad de votar carecieron de los documentos de identidad necesarios para votar, aunque la Corte Nacional Electoral anunció que registró 35.000 nuevos votantes y que había corregido los errores de registro de otros 80.000. El gobierno también emprendió un esfuerzo por dotar de cédulas de identidad, con ayuda venezolana, con la meta declarada de mejorar el acceso de los ciudadanos a los documentos de identidad. Los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas desde la extrema izquierda hasta los de derecha moderada llevaron a cabo sus actividades abiertamente. Las elecciones para funcionarios de los gobiernos central y municipal se llevan a cabo cada cinco años.
Periódicos de La Paz informaron que hubo aproximadamente 50 casos de violencia política a lo largo del año, incluyendo varios ataques contra representantes elegidos. El 10 de septiembre, grupos radicales a favor del MAS presuntamente atacaron la casa de la alcaldesa de Sucre Aydeé Nava; el delegado de la oposición a la AC Rubén Darío Cuellar denunció que su casa había sido atacada el 19 de octubre. Elementos radicales contrarios al MAS presuntamente atacaron la propiedad de funcionarios electos del MAS y otros simpatizantes del MAS, incluyendo la del Senador Suplente Abraham Cuellar de Pando, el 28 de noviembre y la del prefecto (gobernador) de Chuquisaca David Sánchez el 24 de noviembre. Las investigaciones continuaban a finales del año, pero los hechos en éstos y similares casos fueron disputados y politizados.
Elecciones y Participación Política
Las elecciones nacionales de julio de 2006 para la Asamblea Constituyente en general fueron consideradas libres e imparciales. En las elecciones nacionales de diciembre de 2005, los ciudadanos eligieron a Evo Morales Ayma presidente en un proceso en general considerado libre e imparcial, a pesar de denuncias de irregularidades menores en el registro principal de votantes.
La AC, elegida para reescribir la constitución del país, no logró alcanzar acuerdos sobre las propuestas para cambiar los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, la devolución del poder estatal a los departamentos y grupos indígenas y sobre el retorno de la sede de gobierno a Sucre, y el mandato de la asamblea fue ampliado del 6 de agosto al 14 de diciembre.
Los partidarios del MAS y de los partidos de la oposición en varias ocasiones impidieron a representantes políticos elegidos del bando opuesto participar en foros democráticos. Los residentes de Sucre, argumentando que una resolución del 15 de agosto de la AC que retiró de su consideración las demandas de retorno de Sucre al estatus de capital plena era ilegal (dado que no reunió la mayoría requerida de dos tercios de los votos), comenzaron a bloquear a la mayoría de los delegados del MAS, impidiéndoles entrar al edificio donde se reunía la AC. En varias ocasiones manifestantes que favorecían a Sucre asaltaron a delegados a la AC. El 23 de noviembre, argumentando que no tenía la capacidad de reunirse en Sucre, la directiva del MAS trasladó la AC a una escuela militar a tres millas (4.8 km) de distancia. Esas instalaciones fueron protegidas por tropas militares, policías y partidarios del MAS. Muchos partidarios del MAS, incluyendo miembros del grupo militante Ponchos Rojos, públicamente declararon que defenderían la AC de la interferencia de la oposición. Los enfrentamientos entre la policía y los manifestantes pro-Sucre finalmente produjeron tres muertos y cientos de heridos. Algunos miembros de la oposición eligieron no asistir a la sesión por temor a los ataques, mientras que otros escogieron boicotear la sesión, argumentando que era ilegal. La sesión fue suspendida el 24 de noviembre, pero los enfrentamientos entre la policía y los residentes continuaron hasta el 25 de noviembre.
El 27 de noviembre, representantes de los partidos de oposición denunciaron que partidarios del MAS rodearon el edificio del Congreso en La Paz para impedirles el acceso. El MAS, reuniendo quórum en el Senado, usualmente controlado por la oposición, al obtener los votos de dos senadores suplentes de la oposición, aprobó legislación que la oposición claramente rechazaba.
El 8 de diciembre, poco después de la medianoche la directiva del MAS convocó a una sesión de la AC para las 7 p.m. de esa noche en Oruro. La oposición, señalando una norma que requiere que la convocatoria a sesión sea realizada con por lo menos 24 horas de anticipación, argumentó que no todos sus delegados podrían llegar a la sesión a tiempo. Algunos, pero no todos los partidos y delegados de la oposición optaron por boicotear la sesión. El MAS argumentó que la oposición pudo haber asistido a las sesiones y de hecho algunos miembros lograron hacerlo, aunque con gran riesgo para ellos, ya que grupos favorables al MAS habían rodeado el edificio en Oruro donde se llevó a cabo la sesión. A pesar del boicot, el MAS y representantes de partidos políticos aliados aprobaron la nueva propuesta de constitución. El gobierno anunció que llevaría a cabo un referéndum para que los ciudadanos aprueben el proyecto de constitución en 2008.
Aunque la ley establece que cada tercer candidato que aparece en una lista partidaria debe ser mujer, las mujeres desempeñaron sólo un 24 por ciento de los cargos públicos. Mujeres dedicadas a la actividad política informaron que los partidos políticos frecuentemente cumplían con la cuota requerida al momento de presentar las listas de candidatos, pero que subsecuentemente presionaban a las candidatas mujeres a renunciar a sus candidaturas antes de la elección.
Asimismo, de cada dos candidatos en las listas para las elecciones municipales uno debe ser mujer; este requisito amplió la representación femenina hasta aproximadamente un 30 por ciento de los puestos de concejales municipales. Hubo 23 mujeres entre los 157 diputados y senadores y hubo cuatro mujeres en el gabinete de ministros que tiene 18 miembros. Una mujer indígena presidió la Asamblea Constituyente. Aproximadamente la mitad de los miembros del gabinete se consideraban indígenas y el número de miembros indígenas del Congreso fue estimado en 17 por ciento, un porcentaje difícil de confirmar ya que la identificación de una persona como indígena es un asunto que cada persona declara.
Corrupción y Transparencia Gubernamental
La ley establece cargos criminales por actos de corrupción de funcionarios oficiales; sin embargo, el gobierno no implementó la ley efectivamente y los funcionarios a menudo llevaron a cabo prácticas corruptas con impunidad. Según los indicadores mundiales de gobernabilidad del Banco Mundial, la corrupción gubernamental fue un serio problema. El Índice Nacional de Corrupción preparado por el gobierno informó que 13 de cada 100 transacciones públicas involucraba el pago de un soborno que le costaba al país aproximadamente $us115 millones (Bs.905 millones) anualmente. Según este índice, la corrupción afectó desproporcionadamente a las personas de menores ingresos y la Policía Nacional, aduanas y el sistema judicial se clasificaron como las instituciones más corruptas.
En casos que implican acusaciones de corrupción contra funcionarios públicos, el Congreso debe dar su aprobación antes que los fiscales puedan iniciar procedimientos de enjuiciamiento. En septiembre el periódico La Prensa de La Paz informó que 20 por ciento de los actuales o anteriores funcionarios de la administración del presidente Morales presuntamente cometieron actos de corrupción, pero ninguno había sido enjuiciado. Según la Viceministra de Transparencia, a cargo de la agencia gubernamental responsable por combatir la corrupción, los fiscales fallaron en investigar los casos de manera oportuna. En marzo ocurrió un escándalo en relación con funcionarios de alto rango del MAS que habrían recibido sobornos a cambio de empleos en el gobierno. El partido expulsó a algunos funcionarios, pero los críticos afirmaron que los peores infractores no fueron sancionados. A finales de diciembre el Comandante de la Policía Miguel Vásquez anunció el descubrimiento de una red de aproximadamente 70 oficiales de policía que estaban cobrando sobornos por documentos de identidad y licencias de conducir.
Hay una multitud de leyes distintas, pero no exhaustivas, que requieren que los funcionarios públicos informen acerca de potenciales conflictos de interés personales y financieros. Las leyes son específicas al cargo, lo que significa que los funcionarios de un ministerio no pueden estar sujetos a las mismas reglas que los obligan a presentar declaraciones que se aplican a los empleados de otro ministerio.
No hubo información específica disponible sobre leyes que disponen el acceso a la información gubernamental o acerca de si el gobierno otorgó dicho acceso en la práctica.
Sección 4 Actitud del Gobierno Referente a la Investigación
Internacional y No-gubernamental de Presuntas
Violaciones a los Derechos Humanos.
Varios grupos nacionales e internacionales de derechos humanos en general llevaron a cabo sus actividades sin restricción gubernamental, investigando y publicando los resultados de sus hallazgos sobre casos relacionados con los derechos humanos. Los funcionarios de gobierno generalmente cooperaron y se interesaron en sus puntos de vista; sin embargo, las ONG y el Defensor del Pueblo se quejaron de que en ocasiones las fuerzas de seguridad y los ministerios del gobierno se negaron a cooperar con sus investigaciones. Las fuerzas de seguridad continuaron proporcionando evidencias creíbles de que grupos radicales utilizaban algunas ONG como una fachada para encubrir actividades subversivas.
El Defensor del Pueblo es un cargo de cinco años establecido por la Constitución. El Congreso elige al Defensor del Pueblo, quien está a cargo de supervisar la defensa y promoción de los derechos humanos, específicamente para defender a los ciudadanos de abusos por parte del gobierno. El Defensor del Pueblo trabajó sin influencias de partidos y con los recursos adecuados provenientes del gobierno y ONG extranjeras. Los indígenas presentaron la mayoría de las denuncias recibidas por el Defensor del Pueblo. El Defensor del Pueblo publica informes anuales y el gobierno generalmente acepta sus recomendaciones.
El recientemente creado capítulo de la organización Human Rights Foundation en Santa Cruz argumentó que el gobierno central acosó a sus miembros poco después que la ONG comenzó a trabajar.
El Centro de Justicia y Derechos Humanos de Chimoré (CJDHC) continuó activo en la región del Chapare y expandió su papel para constituirse en un “Centro Integrado de Justicia” que incluye la resolución de conflictos. Tiene seis oficinas en El Alto. Estas oficinas informaron sobre los resultados de sus investigaciones al Ministerio de Justicia, difundieron información sobre derechos humanos, recibieron denuncias de abusos cometidos, mantuvieron registros y remitieron las denuncias al Ministerio Público. El CJDHC también contó con la asistencia de un experto en medicina forense y personal de investigación para revisar las denuncias. La mayor parte de los casos recibidos durante el año estuvieron relacionados con actos de violencia intrafamiliar contra mujeres y niños.
Sección 5 Discriminación, Abusos Sociales y Trata y Tráfico de
Personas
Aunque la ley prohíbe la discriminación por raza, género, idioma o posición social, hubo discriminación significativa contra las mujeres, los indígenas y la pequeña minoría afro-boliviana. El defensor del pueblo informó que “las personas con VIH/SIDA, indígenas y campesinos, y homosexuales, en ese orden, son los grupos que se reconoce como más discriminados en la sociedad”.
Mujeres
El delito de violación fue un problema serio pero no denunciado adecuadamente. La ley define dos tipos de casos penales. En materia penal privada, la víctima presenta su caso contra el acusado; en materia penal pública, un fiscal presenta los cargos penales. El CPP caracteriza a la violación como un delito público. La ley criminaliza el estupro, con penas de 10 a 20 años de prisión por la violación de una persona menor de 14 años. En casos que involucran relaciones sexuales consentidas con un adolescente de 14 a 18 años de edad, la pena es de dos a seis años de cárcel. La violación forzada de una persona adulta es sancionada con sentencias que van de cuatro a diez años de cárcel. Los crímenes sexuales contra menores son automáticamente considerados crímenes públicos en los cuales el Estado presenta los cargos. La violación por parte del cónyuge no se considera un crimen.
La violencia contra las mujeres fue también un problema persistente y no denunciado adecuadamente. Según el Centro de Información y Desarrollo de la Mujer (CIDEM), el 70 por ciento de las mujeres sufrieron algún tipo de abuso. El CIDEM señaló que las estadísticas “no reflejan la magnitud real del problema de la violencia contra la mujer” y que “una gran cantidad de mujeres” no denunciaron la agresión que sufrían de manera diaria. La más completa encuesta nacional sobre violencia doméstica realizada por el Instituto Nacional de Estadística en 2003 reveló que el 64 por ciento de las mujeres eran objeto de alguna forma de abuso emocional, físico o sexual por parte de sus parejas.
Las leyes de familia que prohíben la violencia psicológica, física y sexual establecen multas o sanciones de hasta 4 días de arresto, a menos que el caso se convierta en un caso criminal sujeto al Código Penal; sin embargo, estas leyes se cumplieron de manera irregular. El gobierno tomó pocos pasos significativos o concretos para combatir la violencia intrafamiliar. En 2006 la Brigada de Protección a la Familia de la policía atendió 8.954 casos, en comparación con aproximadamente 5.200 casos en el año 2005 y 3.640 fueron casos de agresores reincidentes. Sin embargo, la mayor parte de los casos de violencia intrafamiliar no fueron denunciados.
La prostitución es legal para adultos a partir de los 18 años de edad y hubo informes de trata y tráfico de mujeres con la finalidad de prostituirlas y someterlas a trabajos forzados.
La ley considera al acoso sexual como delito civil. No hubo estadísticas sobre la incidencia de acoso sexual, pero en general se reconoce que este problema está ampliamente extendido.
Oficinas de servicios legales dedicadas a la familia y a los derechos de la mujer funcionaron en todo el país. El programa de seguro de salud materno infantil proporcionó servicios en salud a las mujeres en edad reproductiva y a los menores de cinco años de edad.
Las mujeres tuvieron los mismos derechos legales que los hombres; sin embargo, muchas mujeres no estuvieron informadas de sus derechos legales, aunque el gobierno auspició seminarios educativos para mujeres. En general, las mujeres no gozaron de la misma condición social que los hombres. Los prejuicios tradicionales y las condiciones sociales continuaron siendo un obstáculo para su desarrollo. En áreas rurales, las costumbres tradicionales que restringen el derecho de la mujer a recibir tierras como herencia continuaron siendo un problema. La ley del salario mínimo trata a hombres y mujeres en forma igualitaria; no obstante, las mujeres generalmente ganaron menos que los hombres por realizar un trabajo igual. En ocasiones las mujeres se quejaron de que los empleadores fueron renuentes a contratarlas debido a los costos adicionales (principalmente el de maternidad) en el paquete de beneficios laborales para las mujeres. La brecha de género en la contratación pareció darse en mayor escala en los segmentos con educación superior. La mayoría de las mujeres en las áreas urbanas trabajó en la economía informal y en los sectores de servicios y comercio, incluyendo en el servicio doméstico y en microempresas, mientras que en áreas rurales, la mayoría de las mujeres económicamente activas trabajó en la agricultura. A menudo las jóvenes abandonaron tempranamente la escuela para trabajar en el hogar o en la economía informal.
Los grupos líderes a favor de los derechos de la mujer incluyeron a Campesinas de Bolivia Bartolina Sisa, que se enfoca en las mujeres indígenas de las áreas rurales, el CIDEM y Gregoria Apaza.
Niñez
El compromiso del gobierno con los derechos y el bienestar de la niñez fue insuficiente para mejorar las condiciones de una manera notoria.
Se proporcionó educación pública hasta la edad de 17 años o el octavo grado. La ley requiere que los niños completen por lo menos 5 años de escuela primaria y la educación primaria es gratuita y universal. La aplicación de las leyes relacionadas con la educación fue débil, particularmente en las áreas rurales, donde más de la mitad de las escuelas primarias ofrecieron sólo tres de los ocho grados escolares. Una cantidad estimada de 50 por ciento de los niños completó la escuela primaria y un monto estimado de 26 por ciento se graduó de la escuela secundaria. No hubo diferencias de género importantes en cuanto al acceso a la educación básica, aunque el abandono escolar entre las niñas continuó siendo mayor que el de los niños, particularmente en áreas rurales.
La atención médica es gratuita hasta la edad de cinco años y no hubo una diferencia evidente en el acceso a la misma por razones de género. Centros piloto ofrecieron atención de salud subvencionada a niños mayores de cinco años, aunque en las áreas rurales los consultorios médicos a menudo no estuvieron disponibles. Muchos niños, particularmente en las áreas rurales, no tuvieron certificados de nacimiento y los documentos de identidad que necesitaban para asegurar sus beneficios y protección sociales. El gobierno, con la ayuda de gobiernos extranjeros y diversas ONG, logró algún progreso en proporcionar esos documentos sin costo.
El castigo corporal y el abuso verbal fueron elementos comunes en las escuelas. Los niños de 11 a 16 años pueden ser detenidos indefinidamente en centros para menores por presuntos delitos o para velar por su propia protección, por medio de una orden expedida por una trabajadora social. En 2005 el Fondo de las Naciones Unidas para la Niñez (UNICEF) estimó que aproximadamente 13.000 niños vivían en instituciones donde sus derechos básicos no eran respetados. También hubo muchos niños viviendo en las calles de las ciudades principales.
La prostitución infantil fue un problema, particularmente en áreas urbanas y en la región del Chapare. Hubo reportes sobre la existencia de trata y tráfico de niños hacia países limítrofes para someterlos a trabajo en condiciones de explotación. Según la Pastoral de Movilidad Humana, representante local de ACNUR, cada mes entre nueve y once niños en la región sur del país desaparecieron y presumiblemente fueron víctimas de trata y tráfico. Varias ONG tuvieron programas activos para combatir la prostitución infantil.
Hubo 260 oficinas de la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia para proteger los derechos y los intereses de los niños en todo el país. El plan del gobierno para combatir el trabajo infantil incluyó una campaña de información pública contra la prostitución infantil e incursiones en prostíbulos.
Trata y Tráfico de personas
La ley prohíbe la trata y tráfico de personas y específicamente criminaliza la trata y tráfico de personas con el fin de prostituirlas. Sin embargo, hubo informes fidedignos de que hubo personas víctimas de trata y tráfico hacia, desde y dentro del país.
El país es una fuente de origen para la trata y tráfico de hombres, mujeres y niños con la finalidad de utilizarlos en trabajos forzados y en explotación sexual en países como Argentina, Chile, Brasil, España y Estados Unidos. Al enfrentar una situación de extrema pobreza, muchos ciudadanos se convirtieron en emigrantes económicos y algunos fueron víctimas de tratantes cuando se trasladaban del área rural hacia las ciudades y posteriormente fuera del país. Las mujeres y los niños, especialmente de los grupos étnicos indígenas de la región del altiplano, corrieron un riesgo mayor de convertirse en víctimas. Menores de edad fueron víctimas de trata de personas dentro del país para trabajar en la prostitución, en las minas, en la servidumbre doméstica y en la agricultura, especialmente en la zafra de la caña de azúcar y castaña. Los débiles controles en sus extensas fronteras hicieron que el país fuera un punto de tránsito fácil para inmigrantes ilegales, algunos de los cuales podrían haber sido objeto de trata. La explotación comercial sexual de los niños también continuó siendo un problema.
Aunque hubo denuncias sobre la venta de algunos adolescentes para ser sometidos a trabajo forzado, parece que la mayoría de las víctimas fueron inicialmente personas que emigraban voluntariamente por razones económicas, que fueron engañadas o posteriormente obligadas a aceptar una actividad que se convirtió en trabajo forzado. La Embajada Boliviana en Buenos Aires indicó que recibió por lo menos un reclamo por día acerca de una persona menor víctima de explotación en Argentina.
La ley criminaliza la trata y tráfico de personas con el fin de prostituirlas y establece penas de prisión de cuatro años que pueden incrementarse hasta doce años cuando la víctima es menor de 14 años de edad. El gobierno investigó aproximadamente 100 casos de trata y tráfico de personas; si bien hubo algunos arrestos, sólo hubo dos sentencias reportadas, una por acusaciones de esclavitud en Cochabamba y otro caso en La Paz.
El Ministerio de Justicia, a través de un comité interinstitucional, tiene la responsabilidad de combatir la trata y tráfico de personas. El Ministerio de Gobierno, incluyendo la Policía Nacional y el Servicio de Migración, los Ministerios de Relaciones Exteriores, Trabajo y Desarrollo Sostenible, así como las prefecturas y municipios, tienen una responsabilidad secundaria. La oficina del Defensor del Pueblo señaló, no obstante, que el gobierno tuvo poca presencia en las fronteras para controlar el tráfico de personas y que entidades y agentes no autorizadas emitieron documentos de permiso para que menores de edad viajen al extranjero.
Presuntamente algunos funcionarios gubernamentales aceptaron sobornos para facilitar el contrabando y el movimiento ilegal de personas; sin embargo, el gobierno no condonó ni facilitó la trata y tráfico de personas. En 2006 el gobierno abrió una investigación de 18 empleados públicos, incluyendo cuatro miembros del Congreso, sospechosos de participación oficial en trata y tráfico de personas. El gobierno también adoptó medidas, como la de crear un sistema de controles y revisiones en puestos oficiales de control fronterizo y en los aeropuertos, a fin de reducir la corrupción entre funcionarios judiciales responsables por emitir autorizaciones de viaje al exterior a menores de 18 años que viajan sin acompañantes. Sin embargo, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), la Pastoral de Movilidad, el Defensor del Pueblo y varios medios noticiosos informaron acerca de la existencia de un flujo persistente de niños que cruzan las fronteras hacia Argentina, Perú y Brasil de manera ilegal. Periodistas investigativos describieron la presencia de abogados en los puntos de cruce fronterizo con Argentina, quienes cobraban $us15 (Bs.120) por realizar los trámites necesarios para que los jueces aprueben el movimiento a menudo ilegal de menores que cruzan la frontera.
Las Defensorías de la Niñez en los municipios, algunas veces en cooperación con algunas ONG, administraron programas dispersos de asistencia para las víctimas. La Prefectura del Departamento de La Paz abrió un refugio para víctimas de explotación sexual en junio de 2006. El gobierno municipal de La Paz puso en funcionamiento un refugio de emergencia para niños abusados y explotados que proporcionó servicios de emergencia por un lapso de hasta tres días para víctimas de trata y tráfico.
La OIM y la ONG Save the Children llevaron a cabo campañas de concienciación sobre la trata y tráfico de niños.
Personas Discapacitadas
La ley prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidades e identifica los derechos y beneficios otorgados a ellas. Un decreto de 1997 aclara estos derechos y establece cómo las instituciones públicas y privadas deben integrar a las personas con discapacidades. No hubo discriminación oficial contra las personas con discapacidades en el trabajo, educación, acceso a la atención de salud o la provisión de otros servicios estatales. Sin embargo, la discriminación de la sociedad contra las personas discapacitadas mantuvo a muchas de ellas en sus hogares desde temprana edad, restringiendo su integración a la sociedad. La Ley del Discapacitado prevé la existencia de accesos para sillas de ruedas en todos los edificios públicos y privados, establece la importación libre de impuestos para artefactos ortopédicos, reduce en un 50 por ciento el costo del transporte público y amplía la enseñanza del lenguaje de señas y del sistema Braille. En marzo la Confederación Boliviana de Personas con Discapacidad y el Ministerio de Justicia firmaron un acuerdo que estipula que el gobierno dará a cada miembro de la confederación aproximadamente $us375 (Bs.3.000) por año.
El Código Electoral requiere que se instalen mecanismos adecuados para los votantes ciegos; sin embargo, en general no existieron servicios o infraestructura especiales para brindar mejor servicio a los discapacitados. Un Decreto Supremo de 2003 que requiere que el cuatro por ciento de los nuevos contratados sean personas con discapacidades no había sido aplicado estrictamente hasta finales del año.
La Comisión Nacional del Discapacitado fue comisionada para velar por el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidades.
Minorías Nacionales, Raciales y Étnicas
El Defensor del Pueblo reportó que aproximadamente 70 por ciento de la población consideraba que el racismo era un problema. Hubo discriminación de la sociedad y de tipo sistémico contra la pequeña minoría afro-boliviana, que generalmente permanece en el segmento más bajo de la escala socioeconómica y enfrenta graves desventajas en cuanto a salud, esperanza de vida al nacer, educación, ingresos, alfabetización y empleo. La mayor parte de los 35.000 afro-bolivianos que se estima existen vive en la región de los Yungas en el Departamento de La Paz.
Pueblos Indígenas
Según el censo del 2001, aproximadamente el 62 por ciento de la población mayor a los 15 años de edad se identificó como indígena, principalmente de los grupos quechua y aymara. La CIDH informó que aproximadamente 70 por ciento de esas personas indígenas vivían en la pobreza o en la extrema pobreza, con poco acceso a la educación o a servicios mínimos para sustentar la salud humana, como agua potable limpia y sistemas sanitarios.
Los manifestantes indígenas fueron los protagonistas principales de los acontecimientos que condujeron a la elección del primer presidente indígena del país, Evo Morales. La Ley de Reforma Agraria dispone que las comunidades indígenas obtengan títulos legales sobre sus tierras comunitarias y que los agricultores individuales tengan títulos de las tierras en las que trabajan. Los pueblos indígenas realizaron protestas debido a que el gobierno no les proveyó títulos para todos los territorios que reclaman; también objetaron la explotación externa de sus recursos. Campesinos indígenas ocuparon ilegalmente varias propiedades privadas que pertenecían mayormente a ex funcionarios gubernamentales, a menudo con el respaldo del Movimiento Sin Tierra.
El 7 de noviembre el presidente Morales firmó una ley incorporando el texto de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas dentro del marco legal del país, pero no hubo claridad con respecto a qué efectos prácticos aquella medida podría tener sobre la situación de las personas indígenas. La declaración de las NN.UU. también fue incluida en el texto del nuevo proyecto de constitución a ser objeto de referéndum público en 2008.
Los grupos indígenas aprovecharon la Ley de Participación Popular para formar municipios que les brindaran mayores oportunidades para su autodeterminación. Varios partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y varias ONG promovieron activamente los derechos de las personas indígenas, aunque el progreso fue mínimo. Las personas indígenas continuaron teniendo una representación proporcional baja en el gobierno y en la política y los grupos indígenas soportaron una carga desproporcionada de pobreza y desempleo. Además, los servicios educativos y de salud del gobierno no estuvieron disponibles para muchos grupos indígenas que viven en áreas remotas.
Otros Abusos y Discriminación de la Sociedad
Según el Defensor del Pueblo, las personas con VIH/SIDA son el grupo que mayor discriminación sufre en el país. Sin embargo, las cortes en ocasiones han intentado bloquear la discriminación gubernamental contra las personas contagiadas con VIH. El 25 de julio, la Corte Superior de la Paz dictaminó que el cadete naval Richard Condori Martínez debía ser aceptado nuevamente, después que Condori Martínez argumentó que su condición de VIH positivo fue la razón de que la academia naval lo hubiera expulsado. La fuerza naval aseveró que su determinación se debía a las muchas ausencias por motivos de salud de Condori Martínez.
Sección 6 Derechos de los Trabajadores
a. Derecho de Asociación
Si bien la ley permite a los trabajadores formar sindicatos y afiliarse a ellos, en la práctica este derecho fue limitado debido a la ineficiencia de los juzgados laborales y a disposiciones inadecuadas del gobierno. Aproximadamente el 25 por ciento de los trabajadores en la economía formal, que dio empleo a aproximadamente 30 por ciento de todos los trabajadores, son miembros de algún sindicato.
Los trabajadores pueden organizar un sindicato en cualquier empresa privada con 20 trabajadores o más; sin embargo, el requisito de contar con un mínimo de 20 empleados constituyó una restricción severa, dado que aproximadamente 70 por ciento de las empresas tienen menos de 20 empleados.
Los trabajadores del sector público también tienen el derecho a formar un sindicato. La ley requiere una autorización previa del gobierno para establecer un sindicato y confirmar a sus dirigentes elegidos, permite sólo un sindicato por empresa y permite al gobierno disolver los sindicatos mediante una resolución administrativa.
El gobierno central tuvo vínculos cercanos con ciertas organizaciones laborales que agrupan a otras, como la Central Obrera Bolivia (COB) y la Confederación de Campesinos. El gobierno pareció ejercer presión sobre los dirigentes nacionales y capítulos locales de algunas de estas organizaciones y financió capítulos paralelos en áreas donde el gobierno tenía menos influencia. La compañía estatal de petróleo y gas YPFB recientemente trasladó a uno de sus empleados, Máximo Oswaldo Torrico Montaño, de Santa Cruz a Uyuni. Torrico, un dirigente elegido en el capítulo cruceño de la COB, argumentó que su traslado se debió a su abierta posición contra políticas del gobierno central.
La ley prohíbe la discriminación contra los sindicatos y requiere la recontratación de los empleados despedidos ilegalmente por participar en actividades sindicales. La Corte Nacional del Trabajo atiende las denuncias de discriminación contra los sindicatos, pero puede tardar un año o más en emitir un fallo, debido principalmente a la gran cantidad de casos acumulados. La Corte falló a favor de trabajadores que habían sido despedidos en algunos casos y ordenó exitosamente su reincorporación. Sin embargo, dirigentes sindicales manifestaron que para cuando la corte emitía los fallos, los conflictos a menudo ya estaban resueltos.
b. Derecho a Organizarse y Negociar Colectivamente
La ley otorga a los trabajadores el derecho a organizarse y realizar negociaciones colectivas; sin embargo, las negociaciones colectivas o las negociaciones voluntarias directas entre empleadores y trabajadores sin la participación del gobierno, fueron limitadas. La mayor parte de los acuerdos logrados por negociación colectiva se limitaron a temas salariales.
La ley otorga a la mayoría de los trabajadores el derecho a la huelga pero exige que primeramente los sindicatos acudan a la mediación del gobierno; la ley exige que los empleadores hagan lo propio antes de iniciar un lockout.
Los servicios públicos, incluyendo bancos y mercados públicos tienen prohibido realizar huelgas; a pesar de ello, los empleados del sector público (incluyendo maestros, transportistas, y trabajadores del sector de la salud) realizaron huelgas frecuentemente. Los trabajadores del sector público no fueron sancionados por haber realizado huelgas en años recientes. Sin embargo, en agosto el gobierno retuvo salarios de los maestros después que realizaran una huelga en protesta por la propuesta gubernamental de reformar las leyes educativas. Las huelgas solidarias son ilegales, pero el gobierno no enjuició ni impuso sanciones en tales casos.
Hubo numerosas huelgas organizadas por una variedad de sectores durante el año. Huelgas y bloqueos masivos, que incluyeron la participación de los movimientos laborales, frecuentemente impidieron transitar por las principales rutas que conectan a las ciudades principales.
No hay leyes especiales o exenciones de las leyes laborales normales en las siete zonas francas del país.
c. Prohibición del Trabajo Forzado u Obligatorio
La ley prohíbe el trabajo forzado u obligatorio, incluyendo el trabajo infantil; sin embargo, continuaron las prácticas de emplear a los niños como aprendices y de la servidumbre agrícola de los trabajadores indígenas, al igual que algunos casos individuales reportados de trabajadoras del hogar a quienes sus empleadores mantuvieron prácticamente en cautiverio.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estimó que más de 7.000 guaraníes vivían en algún tipo de servidumbre forzada en partes extremadamente remotas de Chuquisaca. Las familias trabajaban tierras de propiedad de terratenientes a cambio de vivienda y comida pero no percibían el salario mínimo. Como resultado, contraían grandes deudas con los terratenientes acreedores y no se les permitía abandonar la propiedad hasta pagar su deuda. Estas familias vivían en condiciones de mucha pobreza, sin agua, electricidad, atención médica o escuelas. El 28 de noviembre, el gobierno emitió un decreto que cuando sea implementado distribuiría aproximadamente 450.000 acres de tierra en Chuquisaca a un número de hasta 500 familias guaraníes.
En 2005 la OIT informó que entre 26.000 y 30.000 personas, en su mayoría de origen indígena, eran víctimas de trabajo forzado, cosechando castañas en el Departamento del Beni. El trabajo era estacional, durando aproximadamente tres meses por año. Durante ese tiempo los terratenientes vendían alimentos esenciales a los trabajadores con sobreprecio; en consecuencia los trabajadores contraían grandes deudas y no se les permitía abandonar la propiedad hasta que la deuda fuera pagada. Condiciones similares existieron en la industria de la zafra de caña de azúcar en el Departamento de Santa Cruz.
d. Prohibición del Trabajo Infantil y Edad Mínima para Trabajar
El trabajo infantil constituyó en un serio problema. La ley prohíbe todo trabajo remunerado de menores de 14 años de edad; sin embargo, en la práctica, el Ministerio de Trabajo no hizo cumplir las leyes sobre el trabajo infantil, incluyendo aquellas disposiciones que se refieren a la edad mínima para trabajar, el máximo número de horas autorizado para niños trabajadores, los requisitos de que los niños completen su educación y acerca de las condiciones de salud y seguridad en sus puestos de trabajo. La ley prohíbe una serie de trabajos peligrosos, inmorales e insalubres para menores de 18 años. Las leyes laborales permiten el trabajo de niños entre 12 y 14 años como aprendices, bajo varias restricciones formales, cumplidas en forma muy deficiente, que han sido criticadas por la OIT y que fueron consideradas por algunos como equivalentes a la esclavitud
El Ministerio de Trabajo es responsable de hacer cumplir las disposiciones sobre el trabajo infantil, pero no las hizo cumplir en todo el país. Según estadísticas del gobierno y de UNICEF, aproximadamente 800.000 niños y adolescentes entre las edades de 7 y 19 años realizaron algún tipo de trabajo, lo cual representó un segmento estimado en 32 por ciento de personas dentro de ese grupo de edad. Aunque la ley prohíbe que personas menores de 18 años de edad trabajen en los campos de caña de azúcar, aproximadamente 10.000 niños provenientes de zonas rurales (7.000 de los cuales eran menores de 14 años) trabajaron en esta actividad. Los niños en el área urbana vendieron mercancías, lustraron zapatos y trabajaron como asistentes de los proveedores de transporte público. Los niños del área rural frecuentemente trabajaron junto con sus padres desde una temprana edad, generalmente en la agricultura de subsistencia. Los niños en general no fueron empleados en fábricas o empresas formales, pero cuando lo fueron, a menudo trabajaron el mismo número de horas que los adultos. Los niños también trabajaron en las minas y en otras ocupaciones peligrosas del sector informal. Narcotraficantes utilizaron niños para transportar drogas. La prostitución infantil continuó siendo un problema. Según un informe del Defensor del Pueblo emitido el mes de abril, 3.000 niños vivían en las calles, muchos de los cuales eran explotados sexualmente. El informe indicó que más de 100.000 niños trabajaban de ocho a doce horas por día. La OIM estimó que 2.000 niñas trabajaban, o eran obligadas a trabajar, como prostitutas.
La costumbre tradicional del trabajo del criadito persistió en algunas partes del país. Los criaditos son niños indígenas de ambos sexos, en general de 10 a 12 años, entregados por sus padres a familias de clase media o alta por acuerdo, para que realicen labores en el hogar a cambio de educación, ropa, vivienda y alimentación. Tal trabajo es ilegal, y no hubo controles sobre los beneficios o el tratamiento dado a estos niños.
El gobierno dedicó recursos mínimos a investigar casos de trabajo infantil, pero varias ONG y organismos internacionales, como UNICEF, complementaron los esfuerzos del gobierno.
El gobierno continuó sus esfuerzos para eliminar el trabajo infantil en sus peores formas, trabajando con varias ONG para desalentar el uso del trabajo infantil en los sectores de la minería y la industria del azúcar por medio de programas financiados internacionalmente para proporcionar alternativas educativas a niños que de otra manera trabajarían en las minas o en los campos de caña de azúcar. No obstante, según el Defensor del Pueblo, 3.800 niños trabajaban en el sector de la minería.
e. Condiciones Aceptables de Trabajo
El gobierno estableció un salario mínimo para los sectores público y privado por medio de un Decreto Supremo, después de una negociación tradicional con la Central Obrera Boliviana. El salario mínimo fue de $US 55 (436 bolivianos) mensuales y no proporcionó un nivel de vida decente para un trabajador y su familia. La mayoría de los trabajadores del sector formal ganaron más, aunque muchos trabajadores del sector informal ganaron menos. A pesar de que el salario mínimo estuvo por debajo de los salarios predominantes en la mayor parte de los empleos, ciertos cálculos de beneficios fueron añadidos. El salario mínimo no cubrió a la gran cantidad de trabajadores del sector informal.
Las leyes laborales establecen un máximo de 48 horas de trabajo semanales, limitan la jornada laboral de las mujeres a una hora de trabajo menos que la de los hombres y prohíben a las mujeres el trabajo nocturno, ordenan períodos de descanso y establecen el requisito del pago de un monto extraordinario para el trabajo realizado por encima de la norma estándar de trabajo semanal. En la práctica, el gobierno no hizo cumplir estas leyes con eficacia.
La Oficina de Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo tiene la responsabilidad de proteger la salud y la seguridad de los trabajadores, pero las normas relevantes fueron cumplidas débilmente. Hubo menos de 30 inspectores a lo largo de todo el país. Aunque el gobierno no llevó estadísticas oficiales, hubo informes en sentido de que trabajadores murieron debido a condiciones inseguras de trabajo, particularmente en los sectores de la minería y la construcción. Una comisión nacional tripartita de representantes empresariales, laborales y gubernamentales fue responsable de monitorear y mejorar la seguridad ocupacional y las normas de salud. El Ministerio de Trabajo mantuvo una línea telefónica abierta para responder preguntas de los trabajadores y atender sus denuncias e informes sobre prácticas laborales injustas y condiciones peligrosas de trabajo.
Las condiciones laborales en las minas operadas por cooperativas continuaron siendo malas. Los mineros continuaron trabajando jornadas largas sin períodos de descanso programados en condiciones peligrosas, insalubres y ganaron relativamente poco por sus esfuerzos; algunos ganaron menos de $US2.71 (21 bolivianos) por una jornada de trabajo de 12 horas. Las condiciones cambiaron poco en las últimas décadas, ya que las cooperativas de mineros independientes carecieron de recursos financieros y técnicos necesarios para mejorar la infraestructura de las minas. La ley otorga a los trabajadores el derecho a retirarse de situaciones peligrosas sin temor a perder sus empleos.