Visas de no Inmigrante
Visas para Personal de Empresas Transnacionales (L)
En general, cualquier persona que tenga intenciones de trabajar en los Estados Unidos deberá obtener un permiso de la oficina del Servicio de Ciudadania e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS sigla en inglés) como indica el formulario I-797 y debe poseer la visa apropiada antes de ingresar a los Estados Unidos.
La visa L-1 es también la clasificación apropiada para un empleado que pertenece a una compañía internacional y viaja a los Estados Unidos a fin de establecer una filial, sucursal o subsidiaria. Por ejemplo, la oficina matriz de la empresa IBM quiere que el Gerente Distrital de la sucursal en La Paz sea trasladado a Los Angeles. A fin de calificar, el solicitante deberá ser un ejecutivo de alto nivel gerencial o deberá contar con conocimientos especializados. Debe demostrar tambien que la compañía a la que pertenece es lo suficientemente sólida como para estar en capacidad de establecer una nueva oficina. La compañía deberá presentar una petición, con formulario I-129 L, al USCIS con jurisdicción en el área en la que la empresa se establecerá. En caso de peticionar con el propósito de abrir una oficina, el peticionario deberá ser la misma empresa internacional. Cualquier duda concerniente a este tipo de solicitud deberá ser dirigida a la oficina correspondiente de USCIS.
El solicitante de una visa de esta clasificación debe haber estado vinculado con la misma empresa por lo menos durante un año en forma continua, dentro de los últimos tres años, anteriores a la solicitud a nivel ejecutivo o empresarial. Deberá a su vez, poseer una petición aprobada por el USCIS. En la mayoría de los casos la petición indicará el nombre del principal solicitante y el período de tiempo de estadía en los Estados Unidos. En algunas ocasiones la compañía presentará una petición general (blanket petition), firmada por el responsable de la compañía y debe ser presentada junto con la solicitud de visa.
Para establecer un negocio en Los Estados Unidos se deberá cumplir con requerimientos especiales. Visite nuestra página web treaty investor/trader o visa E.
Una petición general (blanket petition) no nombra a cada solicitante pero se encuentra endosada por la compañia y puede ser presentada junto con la solicitud de visa. Debido a nuevas y más estrictas regulaciones en el proceso de este tipo de visas, cada solicitante que presente peticiones generales (blanket) para visas L, deberá pagar en efectivo, en la Sección Consular, el día de la entrevista un importe no reembolsable de US$ 500. Este importe sólo deberá pagarlo el titular de la petición (L-1).
Reglas de Residencia
Los solicitantes de este tipo de visa (L-1) deben recordar que una visa de esta clasificación no permite obtener empleo de manera permanente en los Estados Unidos ni le asegura residencia en los Estados Unidos. Estas visas le permiten vivir en los Estados unidos sólo por un período determinado de tiempo y trabajar en actividades exclusivas a la Empresa en ese país. Los dependientes tambien podrán viajar a Estados Unidos y estudiar; pero no trabajar durante el tiempo de estadía estipulado. Aunque el período de empleo sea por varios años debe saber que luego de expirada la visa, tanto el empleado como su familia deberán dejar territorio estadounidense.
Una visa temporal de cualquier clasificación incluyendo las visas temporales por trabajo, no debe ser entendida como una visa de inmigrante con el propósito de residir de manera permanente en los Estados Unidos. Si los solicitantes desean residir de manera permanente y desean obtener una tarjeta de residencia o "Green Card", deberan referirse a la página “Imigrando a los Estados Unidos" y seguir las instrucciones.