Visas de no Inmigrante
Programas de Intercambio (J1)
Esta categoría de visa ha sido diseñada para aplicantes que planean participar en programas aprobados por el Departamento de Estado para enseñar, estudiar, investigar, demostrar habilidades especiales, recibir entrenamiento, o para participar en un programa para recibir educación médica para graduados.
Esta categoría tambien incluye programas aprobados por el Departamento de Estado para emplear personas en firmas, instituciones u otras agencias; para pasantias que ofrezcan entrenamiento especializado en un area por períodos que no excedan los 18 meses. También podrá admitirse la participación en programas para aprendizaje del idioma inglés, seminarios, talleres o cursos cortos directamente relacionados a las pasantias. También habilita a visitantes a viajar por observaciones lígadas a las pasantias, entrenamiento en técnicas y metodologías de los Estados Unidos en determinadas áreas, contactar colegas americanos y promover intercambios culturales entre trabajadores, profesionales, investigadores y estudiantes siempre y cuando estos viajes respondan al interés general del intercambio internacional. Esto podría incluir consejeros de campamentos, algunos trabajos de temporada como en algún centro de deportes invernales o en campamentos de verano, o como el programa Au pairs.
Antes de aplicar para la visa, el interesado debe haber sido aceptado en un programa autorizado. Evidencia de ello es obtener el formulario DS-2019 enviado directamente al aplicante por el Auspiciante del programa, Además el estudiante debe estar registrado en el Sistema de Información para Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS).
Al aplicar para la visa, probablemente se le solicite presentar además de lo antes mencionado, evidencia y documentos que prueben los lazos con su país de residencia al cual deberá regresar luego de su estadía en los Estados Unidos.
Esposos e hijos menores de 21 años, pueden aplicar como dependientes del titular de la visa (matrimonios de facto no son aceptados para este trámite). Cada dependiente debera completar su propia solicitud y cancelar la tarifa correspondiente por la entrevista para la visa.
Reglas de Residencia
Muchos programas bajo la categoría J son subvencionados en parte o completamente por agencias del gobierno de los Estados Unidos. Si este es el caso, o si los solicitantes fueran a recibir educación médica superior o entrenamiento independientemente de donde provengan las finanzas, una condición para aceptar una visa J prohibe a sus beneficiarios solicitar la inmigración a los Estados Unidos o solicitar ciertas visas de trabajo (visas H o L) hasta que los solicitantes hayan residido y hayan estado físicamente presentes en su país de nacionalidad o ultima residencia durante por lo menos dos años. Esta condición puede también aplicarse si el área de estudio o investigación está incluída en una lista de especialides aprobada por el Departamento de Estado de los Estados Unidos y el gobierno del solicitante. Antes de aceptar una visa J es necesario preguntar si esta condición se aplica. Para personas que quisieran participar en programas de medicina, podrian existir requerimientos adicionales. Solicitar información acerca de dichos requerimientos escribiendo al Educational Commission for Foreign Medical Graduates (ECFMG). Direccion: 3624 Market Street, Level 4, Philadelphia, PA 19104-2685, teléfono (215)386-5900.
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Formularios Requeridos:
Nota: Los estudiantes que deseen participar en Programas de Trabajo de Verano, deberán tomar en cuenta que podrán participar en estos solo en los meses de diciembre y enero que es el periodo de vacaciones de verano de acuerdo al calendario Boliviano. No podrán aplicar a este tipo de programas en el periodo de vacaciones invernales. Para mayor información sobre los requisitos para aplicar a este programa de Trabajo por favor visite la página web:
http://exchanges.state.gov/education/jexchanges/private/swt.htm